Does a judge have legal experience?

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Se busca retorcer la ley para excluir candidatos

 

Algunos “abogados” nos meten en discusiones absurdas, con la intención de mover agendas oscuras y dañar nuestras precarias instituciones.

Resulta que un pequeño grupo de abogados y una minoría de miembros dentro de la Comisión de Postulación de Fiscal General, no quieren darle validez a la experiencia de los jueces dentro del proceso de selección de candidatos.

Ellos argumentan que el artículo 216 de la Constitución indica como uno de los requisitos a Fiscal General “haber ejercido la profesión de abogado por más de diez años”, lo cual excluye a los jueces, porque no se les menciona explícitamente.

La Corte de Constitucionalidad (CC), en el 2014, ya emitió sentencia sobre esta situación indicando que la experiencia de un juez debe ser tomada en cuenta como un ejercicio propio de un abogado. 

La Corte de aquel entonces indicó que el artículo 216 “al aludir al ejercicio de la función jurisdiccional y al ejercicio de la profesión de abogado, no se refiere a dos requisitos excluyentes entre sí, sino a los distintos ámbitos en los que puede ejercerse la profesión.”

Resulta ilógico y ridículo decir que un juez no tiene “experiencia jurídica calificada” como algunos señalan de forma malintencionada. ¿Acaso la función de un juez no es la de interpretar y aplicar las leyes constantemente? ¿Qué mejor experiencia que esta?

Es lamentable que se recurran a argumentos retorcidos para tratar de excluir candidatos. Es la historia de siempre. 

El país no aguanta más la politización de la justicia. La sentencia de la CC en 2014 fue muy clara. La nueva Corte de Constitucionalidad no debe seguir con la manipulación de la justicia. Ojalá cumplan su labor y brinden certeza a la elección del Fiscal General. 

 

*Columna publicada originalmente en Nuestro Diario

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