Criminalizing Criticism: A Dangerous Precedent for Freedom of Expression

Criminalizing Criticism: A Dangerous Precedent for Freedom of Expression
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Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
14 Mar 2025

Quien critica al poder, puede terminar en los tribunales. Y cuando la gente teme hablar, la autocensura se convierte en la norma.

 

Ayer, la Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió no otorgar un amparo provisional solicitado por la FECI para reactivar un caso contra periodistas y columnistas de El Periódico.

El caso se remonta a febrero de 2023, cuando, durante un proceso penal contra el periodista José Rubén Zamora, un juez ordenó "certificar lo conducente", es decir, investigar si periodistas y columnistas de El Periódico cometieron delitos como obstrucción de justicia. Se argumentó que sus publicaciones y cobertura del caso, así como de varios operadores de justicia, podrían constituir delitos. Según lo informado en su momento, la acusación sugiere que los artículos de estos periodistas tenían la intención de coaccionar o amenazar a jueces y fiscales, influyendo indebidamente en el proceso.

Este punto es crucial porque la acusación atenta directamente contra el derecho de los periodistas a publicar ideas. Y esto es gravísimo. El artículo 35 de nuestra Constitución otorga una protección robusta a la libertad de expresión y establece que las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos no constituyen delito o falta. Es decir, el fundamento mismo del caso impulsado por la FECI choca de frente con esta garantía constitucional.

Como siempre, debemos pensar en términos de principios jurídicos el precedente que un caso como este pueda sentar. El derecho comparado nos ofrece algunas lecciones.

Por ejemplo, en Estados Unidos, la libertad de expresión goza de amplia protección. La jurisprudencia ha interpretado este derecho consagrado en la Primera Enmienda de forma muy amplia y adopta un enfoque categórico: el discurso político tiene un alto valor y, por lo tanto, los estándares para limitarlo, incluso mediante demandas de difamación, son muy altos, como quedó establecido en el caso New York Times v. Sullivan en 1964. Desde entonces, para poder demandar por difamación, debe probarse malicia e inexactitud, lo que significa demostrar que la información se publicó con conocimiento de su falsedad o con un desprecio temerario por la verdad. Esto suele ser muy difícil de probar.

Por lo tanto, este estándar protege la crítica y el debate público, asegurando que los periodistas y medios puedan ejercer su labor sin temor a represalias infundadas. En Watts v. United States (1969), la Corte Suprema reforzó esta visión al distinguir entre amenazas reales y meras expresiones políticas. Watts había sido condenado por supuestamente amenazar al presidente en un mitin, pero la Corte revocó su condena, concluyendo que su declaración era solo una hipérbole política y no representaba un peligro claro y presente (clear and present danger). Este estándar exige que, para restringir el discurso, no basta con que las palabras sean agresivas o incómodas; solo aquellas que inciten de manera inminente a la violencia o a un daño real pueden ser punibles. De nuevo, un estándar difícil de probar y el mismo que se aplica para las críticas a cualquier funcionario, incluidos los jueces.

El contraste con países de régimen más autoritario es evidente. En Singapur, por ejemplo, el periodista Alan Shadrake fue condenado en 2010 por desacato a la justicia debido a afirmaciones publicadas en su libro Once a Jolly Hangman: Singapore Justice in the Dock. En él, criticaba el sistema judicial del país y señalaba que la política y los intereses comerciales podían influir en las decisiones sobre la pena de muerte. La corte consideró que sus declaraciones representaban un "riesgo real" de socavar la “confianza pública” en el sistema judicial, sin necesidad de probar que la intención del autor fuera hacerlo. Un ejemplo claro de las frases que llevaron a su condena fue:

"Algo siniestro: cómo el sistema legal de Singapur funciona en secreto y cómo la política, el comercio internacional y los negocios a menudo determinan quién vive y quién muere en la horca."

Para las autoridades, esta afirmación era una amenaza para la “imagen” del poder judicial y, por lo tanto, merecía una condena. En contraste con el criterio estadounidense, donde incluso un discurso fuerte está protegido salvo que incite a la violencia o constituya una amenaza real, Singapur castiga con prisión las críticas que, a su juicio, debiliten la confianza en las instituciones.

Aplicando este contraste al caso guatemalteco, preguntémonos: ¿a qué modelo se parece más el intento de criminalizar a los periodistas y columnistas? ¿Al de una democracia que protege la crítica al poder, o al de regímenes donde la disidencia es castigada con procesos judiciales?

El verdadero problema no es solo este caso en particular, sino el precedente que sienta. Nuestra Constitución prevé un mecanismo específico para resolver disputas sobre la veracidad de afirmaciones contra funcionarios: el juicio de imprenta. Desviar estos asuntos hacia el derecho penal abre la puerta a un sistema donde el poder judicial se convierte en juez y parte, castigando a quienes lo cuestionan.

Este tipo de persecución genera lo que se conoce como chilling effect o efecto disuasorio: el temor a ser objeto de represalias judiciales lleva a periodistas y ciudadanos a autocensurarse, evitando publicar información o expresar opiniones que, aunque legítimas, podrían ser consideradas incómodas para quienes ostentan el poder. No hace falta que todos sean condenados; basta con que unos pocos enfrenten procesos para que el resto tome nota y prefiera guardar silencio.

Esto es lo realmente preocupante. No se trata solo del impacto inmediato sobre los periodistas de El Periódico, sino de la señal que se envía a toda la sociedad: quien critica al poder, puede terminar en los tribunales. Y cuando la gente teme hablar, la autocensura se convierte en la norma. Y la autocensura, lo sabemos bien, es la antesala de la tiranía.

 

*Columna publicada en LaHora