La respuesta del sistema de justicia ante el caso de Floridalma Roque ha causado indignación en la sociedad guatemalteca.
Más allá de la brutalidad de los hechos, el proceso judicial ha sido cuestionado por las penas reducidas otorgadas al médico Kevin Malouf, quien admitió su responsabilidad en los delitos de homicidio culposo y obstaculización a la acción penal tras acogerse al procedimiento de aceptación de cargos.
Inicialmente, en septiembre de 2024, se reportó que Malouf y otros miembros de su equipo fueron condenados por el delito de obstaculización a la acción penal, que consiste en destruir u ocultar evidencia, crear falsas versiones o realizar acciones destinadas a impedir la investigación judicial. Según estableció el juez, Malouf y varios colaboradores simularon ante cámaras de seguridad que Floridalma Roque había abandonado viva la clínica tras una cirugía estética, cuando en realidad ya había fallecido. Posteriormente, se reportó por la prensa, el médico mutiló el cuerpo y ocultó los restos con la intención de desviar la investigación. Al acogerse a la aceptación de cargos antes de llegar a juicio, la pena original de cuatro años de prisión se redujo automáticamente a la mitad (dos años). Por tratarse de una condena inferior a cinco años, la sentencia se convirtió en una multa diaria de Q5, permitiendo al acusado evitar la cárcel mediante un pago mínimo.
El pasado 5 de marzo de 2025, Malouf también aceptó responsabilidad por el delito de homicidio culposo en perjuicio de Roque. Es importante aclarar que, según el Código Penal guatemalteco, el homicidio simple se castiga con penas que van de 15 a 40 años de prisión (artículo 123), mientras que el homicidio culposo, por tratarse de muerte causada por negligencia, imprudencia o impericia, tiene una pena mucho menor, de 2 a 5 años de prisión (artículo 127). Aunque el Ministerio Público inicialmente acusó a Malouf por homicidio simple, el juez reclasificó el delito como homicidio culposo, reduciendo drásticamente la sanción aplicable.
Por esta segunda condena, Malouf recibió cinco años de prisión que, gracias al beneficio de la aceptación de cargos, quedaron reducidos a tres años y cuatro meses. Nuevamente, como la condena final fue inferior a cinco años, la pena quedó conmutada por una multa económica cercana a los Q6 mil (Q5 diarios), un monto extremadamente reducido si se compara con la magnitud del daño causado.
José Roque, hijo de Floridalma, expresó públicamente su indignación ante la resolución, calificando la pena de «indigna e injusta». Su reacción refleja el profundo dolor de una familia que, además de enfrentar una pérdida irreparable, debe afrontar la respuesta del sistema de justicia ante el caso.
Este caso deja al descubierto las graves contradicciones, vicios y vacíos del sistema judicial guatemalteco. Esto, sin entrar a valorar el actuar de cada uno de los actores del sistema de justicia, sobre lo cual ya abundan comentarios de otros colegas y analistas. En 2019, junto a un grupo de colegas, solicitamos públicamente al entonces presidente Jimmy Morales que vetara la denominada Ley de Aceptación de Cargos (Decreto 10-2019) precisamente por su redacción deficiente y porque abría la puerta a un sistema de impunidad encubierta, especialmente en casos de corrupción o delitos graves. Advertimos entonces que la ley, al no prever condiciones claras ni controles suficientes, podría generar graves consecuencias para la credibilidad y eficacia del sistema penal. Lamentablemente, el caso actual confirma con claridad nuestras advertencias.
Es cierto que otros países cuentan con mecanismos de aceptación de cargos, pero estos siempre deben ajustarse cuidadosamente a la naturaleza y gravedad del delito cometido. En ningún contexto resulta razonable conceder beneficios automáticos a quien, además de admitir un delito grave, mutila un cadáver, fabrica coartadas para ocultar sus actos y pretende deliberadamente engañar a las autoridades judiciales.
En Guatemala, además, se produce una situación especialmente problemática debido al doble beneficio legal que se otorga automáticamente: primero, por la Ley de Aceptación de Cargos, que reduce sustancialmente la pena cuando el acusado acepta responsabilidad antes del juicio, y segundo, por el Código Penal, que establece que cualquier condena de prisión igual o inferior a cinco años puede conmutarse por una multa económica. Esta combinación genera resultados que, como en el caso que analizamos, parecen absurdos e incompatibles con el principio básico de justicia.
Sin pretender entrar en tecnicismos penales, resulta particularmente inquietante que actos tan graves como la mutilación de un cadáver no tengan aparentemente una sanción específica y autónoma más allá del delito general de obstaculización a la acción penal. Serán los penalistas quienes deban profundizar y aclarar con precisión esta deficiencia (si es de la ley penal o de la fiscalía al hacer la imputación), pero lo cierto es que un vacío así resulta alarmante y moralmente cuestionable desde cualquier perspectiva.
Lo que sí está claro es que el actual Código Penal guatemalteco, promulgado en 1973 por el régimen militar del general Carlos Arana Osorio, es un instrumento jurídico desfasado, redactado en un contexto histórico muy distinto al actual, e incapaz de dar respuestas eficaces y justas a las necesidades de una sociedad democrática. Desde hace años resulta evidente que urge sustituir el actual Código Penal por una legislación penal moderna, clara y coherente.
Este caso no es una excepción aislada, sino una consecuencia lógica de las deficiencias que arrastra el sistema judicial guatemalteco desde hace décadas: un marco legal anticuado y una Constitución incapaz de garantizar plenamente la independencia judicial frente a presiones externas.
Es tiempo de acciones concretas como sustituir el Código Penal por una legislación moderna y técnica, y realizar sin más excusas una reforma constitucional que fortalezca efectivamente la independencia y profesionalización del Poder Judicial.
Seguir posponiendo estas reformas solo profundiza el daño que sufre nuestra sociedad. Casos como este deben ser la última advertencia antes de que la credibilidad de nuestro sistema de justicia termine de colapsar.