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On the verge of a food crisis
35
Luis Miguel es Director del Área Social de Fundación Libertad y Desarrollo, catedrático universitario y tiene una maestría en Administración Pública de Escuela de Gobierno.
20 Jun 2022

Es necesario y urgente levantar la voz de alerta sobre esta crisis de hambre que pronto estará ocupando las portadas de los medios de comunicación.

 

El mundo se encuentra a las puertas de una crisis de hambre provocada por diversos factores como la invasión rusa en Ucrania y otros conflictos políticos, los fenómenos climáticos extremos que son consecuencia del cambio climático y los efectos económicos de la pandemia que han precarizado la situación económica de millones de personas y provocado el aumento generalizado en los precios de los alimentos y las materias primas. 

Como es de esperar, esta crisis de hambre golpeará de manera más fuerte a los países que ya tenían condiciones precarias de seguridad alimentaria, que son aquellos con más población en condiciones de pobreza y en donde existen mayores desigualdades. 

Según el Programa Mundial de Alimentos, en el mundo existen 2,300 millones de personas en situación se inseguridad alimentaria moderada y grave y el 11% están en América Latina y el Caribe, región que solo entre diciembre 2021 y marzo 2022 ha sumado más de medio millón de personas en situación de inseguridad alimentaria severa. 

También la Organización de la Naciones Unidas para la alimentación y la agricultura (FAO), publicó en mayo del 2022 un informe en donde alerta sobre esta inminente crisis alimentaria. Según el documento, de 2020 para hoy, se ha registrado un incremento de casi 40 millones de personas en situación de inseguridad alimentaria aguda o peor en 53 países. Según este informe, el número de personas en condiciones de inseguridad alimentaria prácticamente se duplicó entre 2016 y 2021.

Como se mencionó anteriormente, la invasión rusa en Ucrania está teniendo repercusiones en la seguridad alimentaria mundial. Esto se debe en parte a un alarmante aumento en los controles gubernamentales a las exportaciones de alimentos. Según un artículo del presidente del Banco Mundial, en pocas semanas el número de países que han impuesto restricciones a las exportaciones de alimentos aumentó en un 25%, llegando a un total de 35 países. Según los últimos datos, hasta fines de marzo, se habían puesto en marcha 53 nuevas intervenciones normativas que afectaban el comercio de alimentos: 31 restringían las exportaciones y 9 implicaban frenos a las exportaciones de trigo. El artículo mencionado recuerda que este tipo de restricciones provocaron hace una década un aumento de 30% en los precios del trigo, que tuvo un fuerte impacto en la situación alimentaria de millones de personas en todo el mundo.

Según la Global Network Against Food Crises, cuatro países centroamericanos (Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua) y Haití tenían en 2020 más de 11.8 millones de personas en situación de crisis alimentaria media o alta, un incremento dramático desde las mediciones que se hacían en 2019. Esto significa que en un año común los hogares tienen déficits alimenticios que se extienden por 2 o 4 meses del año y consistentemente consumen alimentos de calidad muy pobre.

Sin embargo, 2020, 2021 y 2022 no fueron años comunes y en Guatemala algunas voces alertan ya sobre la llegada de una de las peores crisis de hambre que se ha visto en la historia reciente del país.

Está crisis está siendo provocada por factores como la precarización de la situación económica de miles de personas por efecto de la pandemia que en 2020 golpeó al empleo formal con la pérdida de 60,939 empleos y 17,400 empleos previstos que no se generaron, un retroceso de 5 años para la generación de empleo formal en el país, el cual ha luchado en los últimos años para recuperarse a los niveles prepandemia, que ya presentaba un déficit importante para poder cubrir a las más de 200 mil personas que se suman a la PEA todos los años. También el empleo informal y de subsistencia se vio golpeado por la pandemia debido a los cierres de actividades y los meses de restricción en ciertas actividades.

El segundo factor que contribuye a esta crisis de hambre que se cierne sobre la región y el país, es el precio de los fertilizantes y otros productos necesarios para la agricultura; desde 2020 los mercados ya reportaban un aumento de los precios de entre 60% y 100% dependiendo del tipo de fertilizante y la región en donde se tomara la muestra. Dos años de aumento en los precios están provocando escasez de fertilizantes e impidiendo que miles de pequeños agricultores puedan adquirir el producto que necesitan para los cultivos que venden y consumen.

El tercer factor que incide en la situación de inseguridad alimentaria de miles de personas son los eventos climáticos extremos. Un ejemplo reciente son las tormentas Eta e Iota que golpearon fuertemente al país en medio de la crisis sanitaria del COVID-19. En noviembre del 2020, el Ministerio de Agricultura publicaba que los departamentos de Alta Verapaz, Chiquimula, El Progreso, Huehuetenango, Izabal, Jutiapa, Petén, Quiché, Santa Rosa y Zacapa, reportaron daños en cultivos de granos básicos, hortalizas y cultivos industrializables debido a lluvias y vientos provocados por las tormentas. De estos, se estima un área dañada de 136,761.20 hectáreas, y 204,500 familias afectadas. La estimación de la pérdida económica asciende a Q 897,160,992.35. Los cultivos más afectados fueron maíz, frijol, plátano, banano, tomate, cebolla y brócoli, sumando daños en cardamomo y café. Esto ha provocado un incremento de precios en el mercado mayorista.

Los efectos de esta crisis alimentaria serán duraderos para un país como Guatemala que ya lucha con cifras alarmantes de desnutrición crónica y pobreza. El país está acumulado todos los ingredientes para una tormenta perfecta de crisis sociales que pueden desencadenar en crisis políticas en el futuro cercano.

Situaciones de crisis como estás solo pueden atenuarse con la acción certera e inmediata de los gobiernos, que necesitan dedicar esfuerzos y recursos para reducir los riesgos de una emergencia alimentaria y humanitaria de corto y mediano plazo, mientras se implementan políticas de largo plazo para combatir la desnutrición crónica y recuperar el sistema educativo que fue fuertemente golpeado por la emergencia sanitaria de los últimos años. 

De momento es necesario y urgente levantar la voz de alerta sobre esta crisis de hambre que pronto estará ocupando las portadas de los medios de comunicación. Todavía hay cosas que se pueden hacer para evitar una tragedia humanitaria que costará muchas vidas y significará un retroceso importante para los esfuerzos de desarrollo del país y la región.

A las puertas de una crisis alimentaria
35
Luis Miguel es Director del Área Social de Fundación Libertad y Desarrollo, catedrático universitario y tiene una maestría en Administración Pública de Escuela de Gobierno.
20 Jun 2022

Es necesario y urgente levantar la voz de alerta sobre esta crisis de hambre que pronto estará ocupando las portadas de los medios de comunicación.

 

El mundo se encuentra a las puertas de una crisis de hambre provocada por diversos factores como la invasión rusa en Ucrania y otros conflictos políticos, los fenómenos climáticos extremos que son consecuencia del cambio climático y los efectos económicos de la pandemia que han precarizado la situación económica de millones de personas y provocado el aumento generalizado en los precios de los alimentos y las materias primas. 

Como es de esperar, esta crisis de hambre golpeará de manera más fuerte a los países que ya tenían condiciones precarias de seguridad alimentaria, que son aquellos con más población en condiciones de pobreza y en donde existen mayores desigualdades. 

Según el Programa Mundial de Alimentos, en el mundo existen 2,300 millones de personas en situación se inseguridad alimentaria moderada y grave y el 11% están en América Latina y el Caribe, región que solo entre diciembre 2021 y marzo 2022 ha sumado más de medio millón de personas en situación de inseguridad alimentaria severa. 

También la Organización de la Naciones Unidas para la alimentación y la agricultura (FAO), publicó en mayo del 2022 un informe en donde alerta sobre esta inminente crisis alimentaria. Según el documento, de 2020 para hoy, se ha registrado un incremento de casi 40 millones de personas en situación de inseguridad alimentaria aguda o peor en 53 países. Según este informe, el número de personas en condiciones de inseguridad alimentaria prácticamente se duplicó entre 2016 y 2021.

Como se mencionó anteriormente, la invasión rusa en Ucrania está teniendo repercusiones en la seguridad alimentaria mundial. Esto se debe en parte a un alarmante aumento en los controles gubernamentales a las exportaciones de alimentos. Según un artículo del presidente del Banco Mundial, en pocas semanas el número de países que han impuesto restricciones a las exportaciones de alimentos aumentó en un 25%, llegando a un total de 35 países. Según los últimos datos, hasta fines de marzo, se habían puesto en marcha 53 nuevas intervenciones normativas que afectaban el comercio de alimentos: 31 restringían las exportaciones y 9 implicaban frenos a las exportaciones de trigo. El artículo mencionado recuerda que este tipo de restricciones provocaron hace una década un aumento de 30% en los precios del trigo, que tuvo un fuerte impacto en la situación alimentaria de millones de personas en todo el mundo.

Según la Global Network Against Food Crises, cuatro países centroamericanos (Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua) y Haití tenían en 2020 más de 11.8 millones de personas en situación de crisis alimentaria media o alta, un incremento dramático desde las mediciones que se hacían en 2019. Esto significa que en un año común los hogares tienen déficits alimenticios que se extienden por 2 o 4 meses del año y consistentemente consumen alimentos de calidad muy pobre.

Sin embargo, 2020, 2021 y 2022 no fueron años comunes y en Guatemala algunas voces alertan ya sobre la llegada de una de las peores crisis de hambre que se ha visto en la historia reciente del país.

Está crisis está siendo provocada por factores como la precarización de la situación económica de miles de personas por efecto de la pandemia que en 2020 golpeó al empleo formal con la pérdida de 60,939 empleos y 17,400 empleos previstos que no se generaron, un retroceso de 5 años para la generación de empleo formal en el país, el cual ha luchado en los últimos años para recuperarse a los niveles prepandemia, que ya presentaba un déficit importante para poder cubrir a las más de 200 mil personas que se suman a la PEA todos los años. También el empleo informal y de subsistencia se vio golpeado por la pandemia debido a los cierres de actividades y los meses de restricción en ciertas actividades.

El segundo factor que contribuye a esta crisis de hambre que se cierne sobre la región y el país, es el precio de los fertilizantes y otros productos necesarios para la agricultura; desde 2020 los mercados ya reportaban un aumento de los precios de entre 60% y 100% dependiendo del tipo de fertilizante y la región en donde se tomara la muestra. Dos años de aumento en los precios están provocando escasez de fertilizantes e impidiendo que miles de pequeños agricultores puedan adquirir el producto que necesitan para los cultivos que venden y consumen.

El tercer factor que incide en la situación de inseguridad alimentaria de miles de personas son los eventos climáticos extremos. Un ejemplo reciente son las tormentas Eta e Iota que golpearon fuertemente al país en medio de la crisis sanitaria del COVID-19. En noviembre del 2020, el Ministerio de Agricultura publicaba que los departamentos de Alta Verapaz, Chiquimula, El Progreso, Huehuetenango, Izabal, Jutiapa, Petén, Quiché, Santa Rosa y Zacapa, reportaron daños en cultivos de granos básicos, hortalizas y cultivos industrializables debido a lluvias y vientos provocados por las tormentas. De estos, se estima un área dañada de 136,761.20 hectáreas, y 204,500 familias afectadas. La estimación de la pérdida económica asciende a Q 897,160,992.35. Los cultivos más afectados fueron maíz, frijol, plátano, banano, tomate, cebolla y brócoli, sumando daños en cardamomo y café. Esto ha provocado un incremento de precios en el mercado mayorista.

Los efectos de esta crisis alimentaria serán duraderos para un país como Guatemala que ya lucha con cifras alarmantes de desnutrición crónica y pobreza. El país está acumulado todos los ingredientes para una tormenta perfecta de crisis sociales que pueden desencadenar en crisis políticas en el futuro cercano.

Situaciones de crisis como estás solo pueden atenuarse con la acción certera e inmediata de los gobiernos, que necesitan dedicar esfuerzos y recursos para reducir los riesgos de una emergencia alimentaria y humanitaria de corto y mediano plazo, mientras se implementan políticas de largo plazo para combatir la desnutrición crónica y recuperar el sistema educativo que fue fuertemente golpeado por la emergencia sanitaria de los últimos años. 

De momento es necesario y urgente levantar la voz de alerta sobre esta crisis de hambre que pronto estará ocupando las portadas de los medios de comunicación. Todavía hay cosas que se pueden hacer para evitar una tragedia humanitaria que costará muchas vidas y significará un retroceso importante para los esfuerzos de desarrollo del país y la región.

About the NGO Law
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
15 Jun 2022

El decreto 4-2020 era un instrumento restrictivo, que además complica muchísimo la inscripción y operación de las ONG

En abril acudió al Congreso de la República el director del Registro de Personas Jurídicas (REPEJU) para informar acerca de la implementación del polémico decreto 4-2020 que reformó a la ley de ONG.

En esa oportunidad, el registrador informó que en Guatemala operan 1,871 ONG y que únicamente 204 cumplieron con la obligación de actualización que impone el decreto 4-2020. Asimismo, informó que hay más de 15,000 asociaciones, fundaciones y federaciones y que “se estará analizando si funcionan como organizaciones no gubernamentales o cuál es su forma de operar en el país”.

Estos dos aspectos merecen atención. Por una parte, como se dijo en su momento, el decreto 4-2020 era un instrumento restrictivo, que además complica muchísimo la inscripción y operación de las ONG. Es bien conocido en el gremio, además, que ya antes de esta reforma el REPEJU era uno de los registros más complicados del país. 

La falta de cumplimiento de la mayoría de ONG a la actualización denota también la falta de difusión de la información, de la falta de guías y lineamientos por parte de las autoridades para que las entidades obligadas se prepararan oportunamente para su actualización. La regla general ha sido la incertidumbre. 

La necesidad de guías y lineamientos claros es especialmente importante teniendo en cuenta que, de momento, la Corte de Constitucionalidad tiene en suspenso varias disposiciones del decreto 4-2020.

Por otra parte, el anuncio que se hace desde el REPEJU del análisis de si otras entidades que no son ONG “funcionan como organizaciones no gubernamentales” añade todavía más incertidumbre al panorama. 

¿A qué se refieren con que “funcionen” como ONG? Quien ha constituido una fundación o una asociación, ¿puede considerarse ONG? Este es el tema que despierta mayores debates entre abogados.

El artículo 4 del decreto 4-2020 es un auténtico desastre porque acarrea una suerte de “fuero de atracción” dado que enumera una tipología de ONG. Por otra parte, he mencionado antes que el expediente 538-2003 estableció: 

“(…) en opinión de esta Corte, debe concluirse que son las personas que ejercen su libertad de asociación, a quienes compete la calificación y determinación si la entidad privada que constituyen es una “ONG”, y así deberán manifestarlo y sujetarse, por lo tanto, a la normativa en análisis, o bien si acuerdan crear otra clase o tipo de asociación civil que, aunque tenga intereses de los enumerados anteriormente, no encuadra en la calificación de “ONG”” (Resaltado propio) 

Ciertamente el artículo 4 de la Ley de ONG fue reformado, pero lo que ha hecho es una enumeración de lo que ya establecía el artículo anterior. En tal sentido, se sostendría el criterio de que son las personas que se asocian quienes eligen la denominación de su persona jurídica. Sería conveniente que el REPEJU diera aclaraciones en alguna guía oficial para evitar confusiones.

Sobre la Ley de ONG
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
15 Jun 2022

El decreto 4-2020 era un instrumento restrictivo, que además complica muchísimo la inscripción y operación de las ONG

En abril acudió al Congreso de la República el director del Registro de Personas Jurídicas (REPEJU) para informar acerca de la implementación del polémico decreto 4-2020 que reformó a la ley de ONG.

En esa oportunidad, el registrador informó que en Guatemala operan 1,871 ONG y que únicamente 204 cumplieron con la obligación de actualización que impone el decreto 4-2020. Asimismo, informó que hay más de 15,000 asociaciones, fundaciones y federaciones y que “se estará analizando si funcionan como organizaciones no gubernamentales o cuál es su forma de operar en el país”.

Estos dos aspectos merecen atención. Por una parte, como se dijo en su momento, el decreto 4-2020 era un instrumento restrictivo, que además complica muchísimo la inscripción y operación de las ONG. Es bien conocido en el gremio, además, que ya antes de esta reforma el REPEJU era uno de los registros más complicados del país. 

La falta de cumplimiento de la mayoría de ONG a la actualización denota también la falta de difusión de la información, de la falta de guías y lineamientos por parte de las autoridades para que las entidades obligadas se prepararan oportunamente para su actualización. La regla general ha sido la incertidumbre. 

La necesidad de guías y lineamientos claros es especialmente importante teniendo en cuenta que, de momento, la Corte de Constitucionalidad tiene en suspenso varias disposiciones del decreto 4-2020.

Por otra parte, el anuncio que se hace desde el REPEJU del análisis de si otras entidades que no son ONG “funcionan como organizaciones no gubernamentales” añade todavía más incertidumbre al panorama. 

¿A qué se refieren con que “funcionen” como ONG? Quien ha constituido una fundación o una asociación, ¿puede considerarse ONG? Este es el tema que despierta mayores debates entre abogados.

El artículo 4 del decreto 4-2020 es un auténtico desastre porque acarrea una suerte de “fuero de atracción” dado que enumera una tipología de ONG. Por otra parte, he mencionado antes que el expediente 538-2003 estableció: 

“(…) en opinión de esta Corte, debe concluirse que son las personas que ejercen su libertad de asociación, a quienes compete la calificación y determinación si la entidad privada que constituyen es una “ONG”, y así deberán manifestarlo y sujetarse, por lo tanto, a la normativa en análisis, o bien si acuerdan crear otra clase o tipo de asociación civil que, aunque tenga intereses de los enumerados anteriormente, no encuadra en la calificación de “ONG”” (Resaltado propio) 

Ciertamente el artículo 4 de la Ley de ONG fue reformado, pero lo que ha hecho es una enumeración de lo que ya establecía el artículo anterior. En tal sentido, se sostendría el criterio de que son las personas que se asocian quienes eligen la denominación de su persona jurídica. Sería conveniente que el REPEJU diera aclaraciones en alguna guía oficial para evitar confusiones.

Veto decree 30-2022
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
08 Jun 2022

El presidente tiene en sus manos vetar un proyecto que tiene posibles vicios de inconstitucionalidad y que no conviene a los intereses de la nación

 

El pasado miércoles, 1 de junio de 2022, el Congreso aprobó el decreto 30-2022 que reforma el presupuesto para el ejercicio fiscal 2022. Este decreto tiene tres aspectos importantes.

Por una parte, “garantiza” a los Consejos Departamentales de Desarrollo (Codede) que los fondos que no ejecute en 2022, se “acumularán” y podrán ejecutar en 2023 por ellos mismos.

En segundo lugar, se modificó el artículo 129 del referido decreto de presupuesto para el ejercicio fiscal 2022 que destinaba Q290 millones para que los Codedes ejecutaran fondos en apoyo a la “Gran Cruzada Nacional por la Nutrición”, pero “específicamente” para “proyectos de agua, saneamiento, drenajes y otros proyectos relacionados”. La modificación añadió la palabra “infraestructura”. Algo que no se justifica. 

Tercero, se incluyó una enmienda que agrega un párrafo al artículo 82 del decreto de presupuesto para el ejercicio fiscal 2022. Este artículo disponía que, para contribuir a la transparencia del gasto, las entidades respectivas debían incorporar coordenadas geográficas para cada obra, así como “colocar dispositivos de grabación digital para visualizar en línea el desarrollo integral de las obras a través de internet”.

Sin embargo, la enmienda incluye una excepción a esta disposición para “proyectos que por estar ubicados en área rural, no cuenten con los servicios adecuados para el funcionamiento”.

Como parte del proceso legislativo, este decreto llegará a manos del presidente quien puede sancionarlo o vetarlo. Ya varias organizaciones pidieron el veto de este decreto.

¿Hay razones de peso para vetarlo? Creo que sí y son al menos dos. Por una parte, nuestra Constitución, artículos 237 y 238, concibió que las reglas relativas al presupuesto constarán en la Ley Orgánica del Presupuesto (LOP). En tal sentido, los decretos de los presupuestos anuales no pueden contrariar las disposiciones de la LOP.

Al disponer el decreto 30-2022 que los fondos no ejecutados por Codedes estarán disponibles para su ejecución en 2023, se contraría lo dispuesto en el artículo 38 de la LOP que establece:

 “Los saldos de efectivo que permanecieren en las cajas de las dependencias del Estado al treinta y uno de diciembre de cada año y que no correspondieran a obligaciones pendientes de pago a esa fecha, deben ser reintegrados a la Tesorería Nacional.” 

Es decir, los fondos no ejecutados por los Codedes deberían regresar al fondo común por disposición de LOP y el decreto 30-2022 sería una forma de “saltarse” esta norma presupuestaria. Por eso sería inconstitucional esta disposición. 

El segundo argumento para vetar el decreto 30-2022, es que la enmienda al artículo 82 antes referida, va en detrimento de la transparencia de la ejecución presupuestaria. 

En tal sentido, el presidente tiene en sus manos vetar un proyecto que tiene posibles vicios de inconstitucionalidad y que no conviene a los intereses de la nación. El actual mandatario ha ejercido su derecho de veto en varias ocasiones. Solo en 2022 ya ha vetado la ley de vacunación (decreto 6-2022) y la Ley para la Protección de la Vida y la Familia (decreto 18-2022). Veremos cuál es su decisión sobre este particular.

Veto al decreto 30-2022
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
08 Jun 2022

El presidente tiene en sus manos vetar un proyecto que tiene posibles vicios de inconstitucionalidad y que no conviene a los intereses de la nación

 

El pasado miércoles, 1 de junio de 2022, el Congreso aprobó el decreto 30-2022 que reforma el presupuesto para el ejercicio fiscal 2022. Este decreto tiene tres aspectos importantes.

Por una parte, “garantiza” a los Consejos Departamentales de Desarrollo (Codede) que los fondos que no ejecute en 2022, se “acumularán” y podrán ejecutar en 2023 por ellos mismos.

En segundo lugar, se modificó el artículo 129 del referido decreto de presupuesto para el ejercicio fiscal 2022 que destinaba Q290 millones para que los Codedes ejecutaran fondos en apoyo a la “Gran Cruzada Nacional por la Nutrición”, pero “específicamente” para “proyectos de agua, saneamiento, drenajes y otros proyectos relacionados”. La modificación añadió la palabra “infraestructura”. Algo que no se justifica. 

Tercero, se incluyó una enmienda que agrega un párrafo al artículo 82 del decreto de presupuesto para el ejercicio fiscal 2022. Este artículo disponía que, para contribuir a la transparencia del gasto, las entidades respectivas debían incorporar coordenadas geográficas para cada obra, así como “colocar dispositivos de grabación digital para visualizar en línea el desarrollo integral de las obras a través de internet”.

Sin embargo, la enmienda incluye una excepción a esta disposición para “proyectos que por estar ubicados en área rural, no cuenten con los servicios adecuados para el funcionamiento”.

Como parte del proceso legislativo, este decreto llegará a manos del presidente quien puede sancionarlo o vetarlo. Ya varias organizaciones pidieron el veto de este decreto.

¿Hay razones de peso para vetarlo? Creo que sí y son al menos dos. Por una parte, nuestra Constitución, artículos 237 y 238, concibió que las reglas relativas al presupuesto constarán en la Ley Orgánica del Presupuesto (LOP). En tal sentido, los decretos de los presupuestos anuales no pueden contrariar las disposiciones de la LOP.

Al disponer el decreto 30-2022 que los fondos no ejecutados por Codedes estarán disponibles para su ejecución en 2023, se contraría lo dispuesto en el artículo 38 de la LOP que establece:

 “Los saldos de efectivo que permanecieren en las cajas de las dependencias del Estado al treinta y uno de diciembre de cada año y que no correspondieran a obligaciones pendientes de pago a esa fecha, deben ser reintegrados a la Tesorería Nacional.” 

Es decir, los fondos no ejecutados por los Codedes deberían regresar al fondo común por disposición de LOP y el decreto 30-2022 sería una forma de “saltarse” esta norma presupuestaria. Por eso sería inconstitucional esta disposición. 

El segundo argumento para vetar el decreto 30-2022, es que la enmienda al artículo 82 antes referida, va en detrimento de la transparencia de la ejecución presupuestaria. 

En tal sentido, el presidente tiene en sus manos vetar un proyecto que tiene posibles vicios de inconstitucionalidad y que no conviene a los intereses de la nación. El actual mandatario ha ejercido su derecho de veto en varias ocasiones. Solo en 2022 ya ha vetado la ley de vacunación (decreto 6-2022) y la Ley para la Protección de la Vida y la Familia (decreto 18-2022). Veremos cuál es su decisión sobre este particular.

The fascination with authoritarianism
31
Paul Boteo es Director General de Fundación Libertad y Desarrollo. Además, es catedrático universitario y tiene una maestría en Economía por la Pontificia Universidad Católica de Chile. 
30 Mayo 2022

En América Latina, hemos ensayado con la democracia, pero hasta el momento con resultados muy pobres

 

En la historia de la humanidad, la concentración del poder y el autoritarismo ha sido la norma. La idea de la democracia y de limitar el poder es un fenómeno reciente. Atenas y Roma fueron los primeros ensayos, pero luego se tendría que esperar varios siglos más para que naciera la Carta Magna en Inglaterra, que pretendía restringir las arbitrariedades de la monarquía.

En la era moderna, el nacimiento de la democracia de Estados Unidos sin duda tuvo un efecto multiplicador en el resto del mundo. En los últimos doscientos años, hemos sido testigos del florecimiento, pero también de los retrocesos de la democracia liberal. En el siglo XIX, gran parte de Europa adoptó cierto tipo de democracia, junto con una era dorada para la globalización. Pero las guerras mundiales y el auge de movimientos comunistas y fascistas terminaron pulverizando varias democracias europeas.

En América Latina, hemos ensayado con la democracia, pero hasta el momento con resultados muy pobres. Una de las razones es que se piensa sólo en garantizar elecciones limpias, pero no en construir un sistema de pesos y contrapesos, que limite efectivamente el poder. Los gobiernos latinoamericanos son raramente fiscalizados y la corrupción se convierte en la norma. El poder se utiliza para el enriquecimiento propio y la repartición de privilegios entre los allegados.

En casos extremos, pareciera que nuestras sociedades terminan siendo cómplices de regímenes perversos. En América Latina se han tenido dictadores de ambos espectros ideológicos, que han contado con el apoyo de cierta parte de la ciudadanía. Tal parece que existe una visión utilitarista en las sociedades latinoamericanas: en la medida en que el dictador de turno atienda mis intereses, le brindo mi apoyo, aunque en el camino ese autócrata destruya la institucionalidad y atente contra los derechos individuales básicos. No existe en la región una convicción por defender un sistema de democracia republicana, sino más bien el afán por obtener ciertos beneficios de corto plazo.

En su momento, muchas personas de izquierda celebraron todo lo que hizo Hugo Chávez en Venezuela, aun sabiendo que se estaba destruyendo la democracia de aquel país. Decían que lo importante era que se estaban impulsando políticas sociales y que por fin se estaba reduciendo la pobreza. Pero también es cierto que muchas personas de derecha apoyaron en su momento “los excelentes resultados económicos” de Nicaragua, a sabiendas que se estaba consolidando una dictadura. En ambos casos, los resultados de largo plazo han sido dantescos.

En el imaginario latinoamericano existen dictadores icónicos a los que se les rinde pleitesía según el signo ideológico. Los “seguidores” de estos autócratas pasan por alto las graves violaciones a los derechos humanos que perpetraron en nombre de sus respectivas ideologías. Es una tragedia que se valore tan poco la construcción de un sistema de democracia liberal o republicana.

Hoy en día, la democracia liberal está en franco deterioro en todo el mundo y en la región. Con incredulidad vemos cómo están surgiendo de nuevo los discursos extremistas. Está el grupo de los falsos “liberales clásicos”, que en realidad son anticomunistas sin escrúpulos que utilizan cualquier medio para alcanzar su fin. Y por otra parte están los nuevos comunistas, que ya sabemos los horrores a que nos conducen. Estos grupos extremistas son los que están allanando el camino para los dictadores de nuestro tiempo. 

Y por supuesto, están los que no tienen ideología y sólo desean que les resuelvan sus problemas y que el Estado brinde mejores servicios. Ese es el fenómeno Bukele que goza de una alta popularidad por ser un incipiente autócrata “eficiente”.

¿Se puede hacer algo para detener esta ominosa tendencia? Sólo seguir insistiendo que los fines jamás justifican los medios y que el poder siempre debe tener límites, sin importar el signo ideológico.  Quizás algún día lo comprendamos.

La fascinación por el autoritarismo
31
Paul Boteo es Director General de Fundación Libertad y Desarrollo. Además, es catedrático universitario y tiene una maestría en Economía por la Pontificia Universidad Católica de Chile. 
30 Mayo 2022

En América Latina, hemos ensayado con la democracia, pero hasta el momento con resultados muy pobres

 

En la historia de la humanidad, la concentración del poder y el autoritarismo ha sido la norma. La idea de la democracia y de limitar el poder es un fenómeno reciente. Atenas y Roma fueron los primeros ensayos, pero luego se tendría que esperar varios siglos más para que naciera la Carta Magna en Inglaterra, que pretendía restringir las arbitrariedades de la monarquía.

En la era moderna, el nacimiento de la democracia de Estados Unidos sin duda tuvo un efecto multiplicador en el resto del mundo. En los últimos doscientos años, hemos sido testigos del florecimiento, pero también de los retrocesos de la democracia liberal. En el siglo XIX, gran parte de Europa adoptó cierto tipo de democracia, junto con una era dorada para la globalización. Pero las guerras mundiales y el auge de movimientos comunistas y fascistas terminaron pulverizando varias democracias europeas.

En América Latina, hemos ensayado con la democracia, pero hasta el momento con resultados muy pobres. Una de las razones es que se piensa sólo en garantizar elecciones limpias, pero no en construir un sistema de pesos y contrapesos, que limite efectivamente el poder. Los gobiernos latinoamericanos son raramente fiscalizados y la corrupción se convierte en la norma. El poder se utiliza para el enriquecimiento propio y la repartición de privilegios entre los allegados.

En casos extremos, pareciera que nuestras sociedades terminan siendo cómplices de regímenes perversos. En América Latina se han tenido dictadores de ambos espectros ideológicos, que han contado con el apoyo de cierta parte de la ciudadanía. Tal parece que existe una visión utilitarista en las sociedades latinoamericanas: en la medida en que el dictador de turno atienda mis intereses, le brindo mi apoyo, aunque en el camino ese autócrata destruya la institucionalidad y atente contra los derechos individuales básicos. No existe en la región una convicción por defender un sistema de democracia republicana, sino más bien el afán por obtener ciertos beneficios de corto plazo.

En su momento, muchas personas de izquierda celebraron todo lo que hizo Hugo Chávez en Venezuela, aun sabiendo que se estaba destruyendo la democracia de aquel país. Decían que lo importante era que se estaban impulsando políticas sociales y que por fin se estaba reduciendo la pobreza. Pero también es cierto que muchas personas de derecha apoyaron en su momento “los excelentes resultados económicos” de Nicaragua, a sabiendas que se estaba consolidando una dictadura. En ambos casos, los resultados de largo plazo han sido dantescos.

En el imaginario latinoamericano existen dictadores icónicos a los que se les rinde pleitesía según el signo ideológico. Los “seguidores” de estos autócratas pasan por alto las graves violaciones a los derechos humanos que perpetraron en nombre de sus respectivas ideologías. Es una tragedia que se valore tan poco la construcción de un sistema de democracia liberal o republicana.

Hoy en día, la democracia liberal está en franco deterioro en todo el mundo y en la región. Con incredulidad vemos cómo están surgiendo de nuevo los discursos extremistas. Está el grupo de los falsos “liberales clásicos”, que en realidad son anticomunistas sin escrúpulos que utilizan cualquier medio para alcanzar su fin. Y por otra parte están los nuevos comunistas, que ya sabemos los horrores a que nos conducen. Estos grupos extremistas son los que están allanando el camino para los dictadores de nuestro tiempo. 

Y por supuesto, están los que no tienen ideología y sólo desean que les resuelvan sus problemas y que el Estado brinde mejores servicios. Ese es el fenómeno Bukele que goza de una alta popularidad por ser un incipiente autócrata “eficiente”.

¿Se puede hacer algo para detener esta ominosa tendencia? Sólo seguir insistiendo que los fines jamás justifican los medios y que el poder siempre debe tener límites, sin importar el signo ideológico.  Quizás algún día lo comprendamos.

The obligation not to interfere in internal affairs
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Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
30 Mayo 2022

 La mejor vía para resolver las diferencias será siempre a través del diálogo y la diplomacia

 

En los últimos años se ha insertado en las discusiones de coyuntura la obligación de las misiones diplomáticas de no intervenir en asuntos internos. En las redes sociales o incluso en las intervenciones de algunos políticos se habla de esta obligación de forma descuidada y quizás valga la pena intentar entender de qué se trata en realidad.

 El artículo 41, inciso 1, de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (CVRD) establece, para las misiones diplomáticas, la obligación de no intervenir en asuntos internos del Estado receptor, pero no ofrece una definición sobre el particular:

“Sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, todas las personas que gocen de esos privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor. También están obligados a no inmiscuirse en los asuntos internos de ese Estado.” 

Sin embargo, hace falta leer el texto completo de la CVRD para saber qué cuestiones caen dentro de la órbita de la interferencia en asuntos internos y cuáles son asuntos que conciernen a las relaciones diplomáticas y otras obligaciones de los Estados en el ámbito del derecho internacional.

Así, por ejemplo, el artículo 3, inciso 1, de la CVRD habla de cinco funciones de las misiones diplomáticas: de representación, de proteger los intereses del Estado acreditante, de negociar con el gobierno del Estado receptor, de enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor y de fomentar las relaciones amistosas y las relaciones económicas, culturas y científicas entre estado acreditante y receptor.

Funciones como proteger los intereses del Estado acreditante, la de observación y la de fomento de relaciones amistosas ofrecen un rango bastante amplio de actividades que constituyen el día a día de las relaciones diplomáticas. 

Estas funciones implican que las misiones diplomáticas tendrán relaciones con miembros de partidos políticos, diputados, funcionarios, etc. Significa que participarán como observadores en procesos políticos internos o incluso ofrecer colaboración.

El segundo aspecto importante, que vas más allá de la CVRD, es el del respeto a los derechos humanos. Los tratados aprobados por un Estado, en ejercicio de su soberanía, le obligan a tomar medidas que garanticen la protección a esos derechos.

En tal sentido, hay que tener en consideración lo establecido en instrumentos como la Declaración Universal de Derechos Humanos y, la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y la cooperación entre Estados, especialmente cuando esta última establece:

“Todo Estado tiene el deber de promover, mediante acción conjunta o individual, el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales y la efectividad de tales derechos y libertades de conformidad con la Carta.”

Asimismo, no debemos olvidar que el artículo 149 de nuestra Constitución que establece que Guatemala normará sus relaciones internacionales “de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales”.

En ese sentido, debemos recordar que los ámbitos en que se desenvuelven las relaciones con otros Estados y organismos internacionales parten de un amplio set de obligaciones adquiridas soberanamente por nuestro Estado. La mejor vía para resolver las diferencias será siempre a través del diálogo y la diplomacia.

La obligación de no inmiscuirse en asuntos internos
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
30 Mayo 2022

 La mejor vía para resolver las diferencias será siempre a través del diálogo y la diplomacia

 

En los últimos años se ha insertado en las discusiones de coyuntura la obligación de las misiones diplomáticas de no intervenir en asuntos internos. En las redes sociales o incluso en las intervenciones de algunos políticos se habla de esta obligación de forma descuidada y quizás valga la pena intentar entender de qué se trata en realidad.

 El artículo 41, inciso 1, de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (CVRD) establece, para las misiones diplomáticas, la obligación de no intervenir en asuntos internos del Estado receptor, pero no ofrece una definición sobre el particular:

“Sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, todas las personas que gocen de esos privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor. También están obligados a no inmiscuirse en los asuntos internos de ese Estado.” 

Sin embargo, hace falta leer el texto completo de la CVRD para saber qué cuestiones caen dentro de la órbita de la interferencia en asuntos internos y cuáles son asuntos que conciernen a las relaciones diplomáticas y otras obligaciones de los Estados en el ámbito del derecho internacional.

Así, por ejemplo, el artículo 3, inciso 1, de la CVRD habla de cinco funciones de las misiones diplomáticas: de representación, de proteger los intereses del Estado acreditante, de negociar con el gobierno del Estado receptor, de enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor y de fomentar las relaciones amistosas y las relaciones económicas, culturas y científicas entre estado acreditante y receptor.

Funciones como proteger los intereses del Estado acreditante, la de observación y la de fomento de relaciones amistosas ofrecen un rango bastante amplio de actividades que constituyen el día a día de las relaciones diplomáticas. 

Estas funciones implican que las misiones diplomáticas tendrán relaciones con miembros de partidos políticos, diputados, funcionarios, etc. Significa que participarán como observadores en procesos políticos internos o incluso ofrecer colaboración.

El segundo aspecto importante, que vas más allá de la CVRD, es el del respeto a los derechos humanos. Los tratados aprobados por un Estado, en ejercicio de su soberanía, le obligan a tomar medidas que garanticen la protección a esos derechos.

En tal sentido, hay que tener en consideración lo establecido en instrumentos como la Declaración Universal de Derechos Humanos y, la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y la cooperación entre Estados, especialmente cuando esta última establece:

“Todo Estado tiene el deber de promover, mediante acción conjunta o individual, el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales y la efectividad de tales derechos y libertades de conformidad con la Carta.”

Asimismo, no debemos olvidar que el artículo 149 de nuestra Constitución que establece que Guatemala normará sus relaciones internacionales “de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales”.

En ese sentido, debemos recordar que los ámbitos en que se desenvuelven las relaciones con otros Estados y organismos internacionales parten de un amplio set de obligaciones adquiridas soberanamente por nuestro Estado. La mejor vía para resolver las diferencias será siempre a través del diálogo y la diplomacia.